¿CÓMO SERÁ EL ESTADO DE EMERGENCIA EN LAS REGIONES DECLARADAS EN ALERTA SANITARIA?
Por la salud y la economía.
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| El Gobierno exigirá que las Regiones cumplan las medidas restrictivas desde el 31 de Enero. Foto: Instituto de Estudios Peruanos. |
Luego de evaluar los indicadores sanitarios, sociales y económicos de todos los Departamentos del Perú, y en coordinación con sus Autoridades Regionales y Locales, el Gobierno de transición y emergencia anunció la actualización de los niveles de alerta sanitaria y las medidas preventivas que regirán desde el 31 de Enero al 14 de Febrero, a fin de contener el avance de la segunda ola del covid-19.
Como se anunció el 13 de Enero pasado, en cada Departamento se aplicarán medidas diferenciadas, dependiendo de sus características particulares. De esta manera, se busca un equilibrio entre la atención oportuna de las personas afectadas con el virus, el abastecimiento de víveres, artículos de primera necesidad y el desarrollo de las actividades económicas esenciales.
Con nivel de alerta extremo:
En los Departamentos de Callao, Áncash, Ica, Huánuco, Junín, Huancavelica, Apurímac, Lima Provincias y Lima Metropolitana regirá la inmovilización social obligatoria, con la posibilidad de abastecerse de víveres y otros productos de primera necesidad mediante el libre tránsito peatonal durante el Día. También, se podrá acceder al servicio de delivery, pero no habrá atención presencial en Restaurantes.
Los Bancos, Mercados, Supermercados, Centros de abastos, Bodegas, y Farmacias podrán atender al público con un aforo máximo del 40%. En este sentido, los ciudadanos podrán salir únicamente, un miembro del hogar para acudir a estos establecimientos.
Podrán atender por delivery aquellos establecimientos que lo requieran, como Centros comerciales, galerías, conglomerados y tiendas por departamento.
Con nivel de alerta muy alta:
En los Departamentos de Tumbes, Amazonas, Ayacucho, Cusco, Puno, Arequipa, Moquegua y Tacna no podrán atender al público los Casinos, Tragamonedas, Gimnasios, Cines y artes escénicas (en espacios abiertos y cerrados). La misma restricción aplica para los Restaurantes en zonas internas, las iglesias, centros de culto, Bibliotecas, Museos, Centros arqueológicos, Clubes y Asociaciones deportivas.
Las restricciones aplican para las celebraciones como carnavales, fiestas costumbristas y cualquier otra actividad que genere aglomeraciones.
Los Restaurantes y afines al aire libre podrán atender con un aforo máximo del 30%. Todos los demás establecimientos en este rubro podrán operar vía delivery.
Los Centros comerciales, Galerías y Tiendas por departamentos podrán atender al público con un aforo máximo del 20% y realizar delivery. Además, Bancos, Mercados, Supermercados, Bodegas, y Farmacias atenderán únicamente con el 50% de aforo.
En este nivel de alerta, el horario de inmovilización social obligatoria será de 20.00 a 04.00 horas. El transporte interprovincial aéreo y terrestre podrá operar al 50% de su capacidad. En ambos casos, se deberá cumplir con las medidas de prevención ya establecidas: Uso de mascarilla y protector facial durante todo el trayecto.
En tanto, los Sábados y Domingos no estará permitido el tránsito vehicular particular.
Con nivel de alerta alta:
En los Departamentos de Piura, Loreto, La Libertad y Ucayali, el aforo máximo permitido para los Casinos, Tragamonedas, Gimnasios, Cines y artes escénicas (en espacios cerrados) será del 30%.
Los Bancos, Mercados, Supermercados, Bodegas, Farmacias, Restaurantes con zonas internas, Bibliotecas, Museos, Centros arqueológicos y artes escénicas en espacios abiertos atenderán con un aforo reducido al 50%.
En tanto, los aforos máximos permitidos para los Restaurantes al aire libre serán de 60%; las actividades de Clubes y Asociaciones deportivas será de 40%; y en las iglesias, lugares de culto, 20%.
Los Centros comerciales, Galerías y Tiendas por departamento deberán reducir su aforo al 40% y también podrán atender vía delivery.
En este nivel de alerta, el horario de inmovilización social obligatoria será de 21.00 a 04.00 horas. Asimismo, no se permitirá el tránsito vehicular particular los Domingos. EL PERUANO.







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